La Justicia suspendió el aumento de la electricidad: la medida alcanza a usuarios de EDES en Patagones

Sur BonaerenseHace 3 horas

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El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Bahía Blanca ordenó suspender el último aumento de la tarifa eléctrica autorizado por el Gobierno bonaerense, una medida que alcanza a los usuarios abastecidos por EDES en Carmen de Patagones y otros sectores del distrito.

La resolución tiene carácter cautelar y fue dictada por el juez Agustín López Cóppola, luego de una presentación realizada por el defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino.

El magistrado dispuso que las distribuidoras dejen de aplicar el cuadro tarifario vigente desde el 1 de agosto y vuelvan a facturar de acuerdo con el esquema anterior.

El fallo comprende a los usuarios de EDES, distribuidora que opera en el sur bonaerense; EDELAP, correspondiente a La Plata; EDEA, en la Costa Atlántica; y EDEN, en el norte provincial.

Qué sucederá con los aumentos ya cobrados

La resolución también establece que, cuando los usuarios ya hayan pagado facturas calculadas con los nuevos valores, la diferencia deberá ser reconocida como un saldo a favor.

Ese crédito tendrá que ser descontado en la siguiente factura emitida por la empresa distribuidora.

La cautelar suspende los incrementos provinciales establecidos mediante la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura bonaerense. Los aumentos recaían principalmente sobre el Valor Agregado de Distribución, uno de los componentes que integran la tarifa final.

La decisión no representa una anulación definitiva del ajuste, sino que frena su aplicación mientras se resuelve la cuestión de fondo y se cumple con el procedimiento de participación ciudadana exigido por la normativa.

Por qué la Justicia frenó la suba

El cuestionamiento impulsado por la Defensoría del Pueblo se centró en la ausencia de audiencias públicas previas.

Lorenzino sostuvo que las empresas no podían trasladar nuevos aumentos a las familias sin informar y debatir previamente las modificaciones con los usuarios.

“Las empresas distribuidoras no pueden trasladar aumentos a las familias sin cumplir con la obligación legal de informar y debatir previamente con la sociedad”, expresó.

En su resolución, el juez recordó que la participación de los usuarios debe producirse antes de definir las tarifas y no puede limitarse a comunicar precios que ya fueron establecidos.

El Gobierno provincial argumentó que los ajustes se encontraban dentro de una fórmula analizada en audiencias públicas realizadas en 2016. Sin embargo, el magistrado consideró que el tiempo transcurrido desde aquellas instancias —casi diez años— impedía utilizarlas como fundamento suficiente para los incrementos actuales.

Qué ocurre con las cooperativas

La cautelar menciona expresamente a las cuatro grandes distribuidoras provinciales, pero no incluye de manera directa a las cooperativas eléctricas.

Este punto tiene importancia para el partido de Patagones, debido a que la Cooperativa Eléctrica de Bahía San Blas presta el servicio en San Blas y en otros sectores de su área de concesión.

Fuentes consultadas por la Agencia DIB indicaron que la resolución podría extenderse a las cooperativas, aunque para hacerlo efectivo sería necesaria una nueva intervención o aclaración judicial.

Por lo tanto, mientras los usuarios de EDES quedaron comprendidos expresamente, la situación de quienes reciben energía mediante cooperativas deberá ser aclarada.

La medida judicial alcanza a La Plata y al interior bonaerense, pero no comprende al conurbano. Agencia DIB

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