Masacre del Colegio Malvinas: una jueza responsabilizó a Educación de la Provincia y a Prefectura

Policiales28 de septiembre de 2021
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Lo hizo a través de un dictamen, fechado el pasado 7 de junio, de la titular del Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca María Gabriela Marrón.

En su sentencia, la magistrada dividió en partes iguales la atribución de responsabilidades: mientras que señaló negligencia e imprevisión por parte de la cartera educativa provincial, a la Prefectura le adjudicó falta de cuidado sobre el arma usada por Juniors, como todos llamaban al autor de los disparos.

La causa civil impulsada con el patrocinio del abogado Néstor Ciccola es la primera de una veintena de expedientes civiles abiertos por los afectados de aquel episodio. Pese al tiempo transcurrido, esos juicios aún no fueron resueltos. Durante dos años, los procesos estuvieron frenados ya que no se lograba notificar a la familia Solich. Luego, el asunto se paralizó en la Corte Suprema de Justicia, que demoró años en determinar si correspondía intervenir a la jurisdicción de Bahía Blanca o a los tribunales de la Ciudad de Buenos Aires. Los jueces también se tomaron su tiempo para determinar si las causas debían tratarse en forma acumulada -como si se tratara de un solo expediente- o si cada cual debía correr por cuerda separada.

Indicios suficientes y descuidos

Para la jueza bahiense, al área educativa provincial le corresponde indemnizar los perjuicios sufridos por los alumnos en tanto propietaria del establecimiento y por no haber garantizado la integridad a los alumnos a su cargo, especialmente tratándose de menores de edad. “El incumplimiento de ese deber de seguridad derivó en el fallecimiento del menor, lo que determina la responsabilidad de la demandada y su obligación de indemnizar los daños ocasionados”, se indica en el dictamen fechado el 7 de julio último y al que Infobae accedió en forma exclusiva.

Pese a que la defensa de la Dirección de Escuelas, a cargo del abogado César Morelli, esgrimió el argumento de que se trató de un caso fortuito y, por tanto, imposible de prevenir, la jueza consideró que “diversas circunstancias y antecedentes fácticos me llevan a considerar que el evento dañoso en el establecimiento educativo resultaba previsible y evitable para la institución”. Y agregó: “La escuela contaba con elementos suficientes como para haber tomado medidas preventivas frente a los indicios de gravedad que mostraba la conducta del alumno Solich. Si a lo anterior le adicionamos la falta de control adecuado por parte de la escuela (ausencia total de un adulto responsable -docente o preceptor-) en el aula al momento del hecho, mal podría la DGCE ampararse en que el hecho se trató de un caso fortuito para eximirse de responsabilidad”.

Respecto de la posibilidad de prevenir el hecho, la sentencia considera, a partir del análisis del Proyecto Educativo Institucional y las declaraciones de las integrantes del Equipo de Orientación Escolar (EOE), que el colegio “contaba con recursos funcionales y humanos específicamente destinados -en lo que aquí interesa- a tratar preventivamente aspectos de convivencia escolar y problemáticas sociales de los alumnos”. En tal sentido, se subraya que, “se encuentra acreditado en autos que la escuela como institución desoyó en forma sistemática una serie de señales alarmantes, no abordando una problemática que aparecía como concreta y palpable en relación con el menor Solich”. Frente a la preocupación del padre de Juniors las profesionales habrían respondido, de acuerdo con los testimonios colectados que “se trataba de una cosa de jóvenes y que ya iba a pasar”. Entre las cosas dichas por el chico ante las profesionales a cargo del EOE María Cristina Madsen -profesora de psicología y asistente educacional- y Josefina Andrea De Francesco -licenciada en servicio social- era que con uno de sus compañeros, Dante Penna, compartían la fantasía de quitarse la vida. Marrón resaltó que el padre de Juniors manifestó esa preocupación a las docentes así como el hecho de que, a su criterio, “la institución no tomó ningún tipo de medida preventiva frente a la compleja problemática de los menores Penna y Solich”.

El fallo también rescata las inscripciones y mensajes sombríos escritos en el pupitre o en el pizarrón (“lo más sensato que podemos hacer los humanos es suicidarnos”; “Si alguien encontró el sentido de la vida, favor describirlo aquí”; o “La mentira es la base de la felicidad de los hombres”) así como los testimonios de miembros de la comunidad educativa que dan cuenta de conductas “atípicas” de Juniors que, se indicó, “demuestra que la problemática del menor Solich era detectable incluso por sus propios pares”. En base a las evidencia recolectadas en la causa penal, se asegura que las autoridades escolares tenían conocimiento del ingreso de alumnos con armas al establecimiento frente a lo cual, no se habían tomado medidas preventivas. Finalmente se señala la ausencia de un adulto responsable frente al aula en el momento de ocurrida la masacre, algo que vulneró la normativa vigente.

“La secuencia de los hechos relatados demuestra que si el personal asignado hubiera ejercido una debida, razonable y lógica vigilancia y control de los alumnos mientras ingresaban al aula y permanecían en ella mientras llegaba el profesor a cargo de la primera hora, podrían haberse evitado o al menos reducido los daños ocasionados y sufridos por los menores”, se indica.

La resolución también recuerda la realización del sumario administrativo nº 5802-3893971/04 a cargo del instructor Rogelio Lozano quien apuntó que “la desatención, la subestimación de problemáticas que se anunciaron como claros síntomas de una probable patología que, pasaje al acto mediante, dio lugar a sucesos tan dramáticos”.

“No requiere mayor prueba, por resultar reconocido por las partes y evidente en el marco de esta acción, que la pistola Browning calibre 9 x 19 mm Nº 05-139.981 y sus respectivos cargadores utilizados por el menor Juniors Solich para desencadenar la tragedia en los términos oportunamente descriptos -v. considerando n°4- son propiedad del Estado Nacional y habían sido asignados como armamento reglamentario a su padre, Sr. Rafael Solich”, apuntó Marrón al evaluar la responsabilidad que le cabe a Prefectura.

Pese a que el suboficial aseguró que el arma se encontraba oculta, la jueza en su decisorio lo califica como un acto de “impericia” al sostener que “el armamento se encontraba depositado en el armario junto con sus cargadores –e incluso cargado conforme surge de la declaración del menor Juniors Solich-, el mismo carecía de las más elementales medidas de seguridad”. Esta situación perfigura una violación a lo dispuesto por la Dirección del Material de la Prefectura Naval Argentina en la Disposición Permanente que estipula una serie de reaseguros para impedir que los otros habitantes de la casa puedan acceder al armamento asignado. De hecho, la jueza recuerda que el uniformado resultó sancionado por este motivo con 45 días de arresto a partir del sumario administrativo N° 05-“R”/04 llevado adelante por la institución.

Marrón concluye que “el cargo del padre en la Prefectura Naval Argentina fue el que posibilitó al menor el acceso al elemento que llevó a la Escuela para ejecutar el hecho”.

“Lo más sensato que podemos hacer los humanos es suicidarnos” era una de las frases que Juniors escribió en los bancos de su escuela (Enrique Medina)

Indemnización

El fallo judicial dictado por Marrón ordenó un resarcimiento que alcanza a los padres, Tomás Ponce y Marisa Santa Cruz -que hoy se encuentran separados de hecho- y a sus otros dos hijos: Gonzalo y Maximiliano. En conjunto, la indemnización, en concepto de daños moral y psíquico, cobertura de tratamientos terapéuticos, “incapacidad sobreviniente” y “pérdida de chance” fue establecida en valores del día de ocurridos los hechos a los que debe sumarse un 6 por ciento de interés por cada año hasta que se dicte sentencia definitiva.

Tras el dictamen condenatorio de primera instancia, la causa espera ahora el veredicto de la Cámara de Apelaciones Federal de Bahía Blanca debido a que la provincia apeló la resolución e insistió en la idea de que el hecho no pudo haberse evitado. La Prefectura, en tanto, dejó de litigar hace un tiempo. Si bien aún no hay fecha para el tratamiento del tema, la semana pasada el sorteo del orden de votación de los jueces recayó en la actual titular del cuerpo, Silvia Fariña.

FUENTE: Infobae

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