


Está restringido el tránsito pesado en caminos del distrito
Por las precipitaciones
Interior del Distrito19 de mayo de 2017






En este sentido, se recuerda que se encuentra vigente el artículo 223 del código contravencional, que establece que “el propietario o conductor que circulare con vehículos pesados: camiones, carros, acoplados, etcétera, por caminos vecinales de tierra mejorados, sin haber transcurrido 72 horas después de las lluvias, o el plazo que sea necesario para un normal tránsito sin deteriorar dichos caminos, luego de lluvias copiosas o cualquier otro meteoro, será sancionado con multa de 100 a 5.000 litros de gas-oil”.
Por tal motivo, se solicitó la colaboración de los conductores para evitar transitar en los sectores mencionados, hasta que los mismos se encuentren suficientemente aireados.


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