





En ese marco, las autoridades locales recomiendan que se debe efectuar el despacho de la embarcación (acorde Ordenanza 01/18), indicando su destino fehacientemente como medida de prevención ante cualquier contingencia.


En navegación fluvial, respetar las zonas de privilegio para la práctica de otras actividades navegando a una velocidad mínima compatible con la maniobra, además de contar a bordo con chalecos salvavidas suficientes para la totalidad de la tripulación. Se aconseja que los menores de edad siempre lo lleven colocado. En moto de agua y jet ski su uso debe ser permanente.
Los navegantes deberán verificar elementos de seguridad previo a la zarpada, como así también Certificado de Matrícula, carnet de timonel y, de corresponder, autorización de manejo del propietario de la embarcación y evitar navegar en con escasa visibilidad y en condiciones meteorológicas desfavorables.
Asimismo, la Prefectura indica que no se debe permitir menores de edad o personas sin la correspondiente habilitación conduzcan la embarcación.
Está prohibida la ingesta de bebidas alcohólicas.
Ante cualquier emergencia, se encuentra habilitada la línea de "Emergencias Náuticas 106" o vía radiofrecuencia por canal 16 vhf (156.800 mhz).

















