Proponen multas de entre 4.000 y 8.000 pesos por acoso callejero en la provincia de Buenos Aires

Interés General15 de marzo de 2018
acoso

Minutos antes de la exposición, Bilbao ofreció detalles de este proyecto, realizado por miembros de la Juventud Radical. La legisladora reveló que "no se busca ponerle un fin a las palabras bonitas entre hombres y mujeres, sino establecer un límite".

"La ley define al acoso callejero afirmando que se trata de una conducta verbal o física, que tenga una connotación sexual y que ésta esté basada en el género, la identidad u la orientación sexual. Es decir, que no cualquier piropo entra dentro de estas características, sino  que debe afectar la dignidad y algunos derechos fundamentales, como la libertad y la integridad", reveló Bilbao, diputada de la sexta sección electoral.

Según el texto, el acoso sexual callejero puede manifestarse a través de las siguientes conductas:

1) Actos verbales que resulten humillantes u ofensivos.

2) Fotografías y grabaciones no cosentidas.

3) Persecuciones y arrinconamiento.

4) Abordajes intimidantes, exhibicionismos y masturbación.

Además, la ley explica que será multado con entre el 20% y el 40% del haber mensual del Agente de Seguridad de la Policía de la provincia de Buenos Aires, quien acosare sexualmente a otro en lugares públicos o privados.

"Las infracciones irán entre 4000 y 8000 pesos", confirmó Bilbao.

¿Y cómo se comprueba?

"Como sucede en cualquier hecho callejero, en caso de llegar a instancias judiciales, deberá haber testigos presenciales que puedan ratificar el hecho", dijo.

"Es triste escuchar los cuentos que aparecen todos los días. Mujeres que cambian de recorrido, que no van a los lugares que les gustan y que cambian su vestimenta por este tipo de situaciones. Eso es también un atentado contra la libertad", dijo la oriunda de Laprida.

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