Aislamiento social preventivo obligatorio: lo permitido y lo prohibido punto por punto

Interés General20 de marzo de 2020
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Se trata, en los hechos, de una profundización de las medidas adoptadas que, hasta este jueves permanecían en el marco de las “recomendaciones” e involucra a toda la ciudadanía, más allá de aquellos sectores que conforman la denominada “población de riesgo”. 

Lo que sigue, es un punteo de lo que está permitido y lo que está prohibido desde las 0 horas de hoy, hasta las 24 horas del 31 de marzo próximo:

-Las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren hoy a la media noche

-Se prohibe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos) el aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables (supermercado, farmacia, ferreteria, veterinaria, comercio de proximidad)

-Exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo), diplomático, personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos, servicios de comunicación audiovisual, industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavanderia, petróleo, obra pública, transporte público urbano (larga distancia y cabotaje, no), recolección de residuos, servicios públicos básicos, transporte de carga, estaciones de servicios, servicios postales, cajero automático. 

FUENTE: Infocielo

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