


Crearán el registro de deudores alimentarios morosos en Patagones
En adhesión a la Ley Provincial Nº 13074
La Ciudad18 de mayo de 2016


En este sentido, la responsable del área, Stella Fibiger, precisó que la normativa indica que “toda persona obligada al pago de cuota alimentaria que incumpliera con el compromiso tres veces continuadas, o cinco alternadas, y una vez intimado, deberá ser inscripto inmediatamente al Registro de Deudores Alimentarios Morosos”.


En este marco, la Ley Provincial prevé que las instituciones y organismos públicos oficiales, provinciales o municipales no den curso a los trámites o solicitudes, sin el informe correspondiente y con el libre deuda registrado, para la habilitación para apertura de comercios y/o industria, concesiones, permisos y/o licitaciones, o la solicitud de licencia de conductor o su renovación.
Esta obligación también regirá para los proveedores de todos los organismos oficiales, provinciales y municipales.
"Resulta de suma importancia la adhesión a la Ley Provincial, dado que aporta un instrumento idóneo para asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria", precisó la Subsecretaria.
Al mismo tiempo, indicó que "adhiriendo a esta Ley, la Municipalidad incorporaría a un abogado, dentro del equipo de profesionales del que hoy dispone, destinado a realizar este registro, una vez recibido el oficio judicial correspondiente en cada caso, para ser añadido al Registro Provincial".

















