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title: "Parque Eólico Villalonga I: hasta el 28 de mayo se podrán presentar consultas y observaciones"
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date_published: "2026-05-09T14:08:00-03:00"
date_modified: "2026-05-09T14:11:04-03:00"
tags:
  - "PARQUE EOLICO"
  - "PARTICIPACION CIUDADANA"
  - "VILLALONGA"
author_name: "Gustavo Alejandro Bosco"
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category_name: "Interior del Distrito"
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# Parque Eólico Villalonga I: hasta el 28 de mayo se podrán presentar consultas y observaciones

![parque eolico](/download/multimedia.normal.ab1f8096e08dc5cb.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

El Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires informa que se encuentra abierta la instancia de participación pública para el “**Parque Eólico Villalonga I “Planta almacenamiento de Energía (PA Villalonga) y LMT de vinculación”.** El trámite se basa en el otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y podrán enviarse consultas hasta el 28 de mayo inclusive.

La Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental es la autoridad a cargo de la decisión ambiental que se abre a participación. La participación pública estará dividida en tres etapas. En primer lugar, la comunidad accede a la información sobre la decisión ambiental en curso. Luego, se formulan las observaciones y se remiten a la autoridad ambiental. Por último, la autoridad ambiental evalúa y considera los aportes para la decisión ambiental.

Durante los primeros días, la comunidad tendrá abierta para su lectura la información del citado proyecto, y posteriormente quedará abierta la recepción de observaciones, comentarios y sugerencias sobre el mismo. La información quedará a disposición durante todo el proceso en la página web del Ministerio:

[https://participacionpublica.ambiente.gba.gob.ar/participacion/resumen/Parque-E%C3%B3lico-Villalonga-I-%E2%80%9CPlanta-almacenamiento-de-Energ%C3%ADa-%28PA-Villalonga%29-y-LMT-de-vinculaci%C3%B3n%E2%80%9D---Partido--Patagones](https://participacionpublica.ambiente.gba.gob.ar/participacion/resumen/Parque-E%C3%B3lico-Villalonga-I-%E2%80%9CPlanta-almacenamiento-de-Energ%C3%ADa-%28PA-Villalonga%29-y-LMT-de-vinculaci%C3%B3n%E2%80%9D---Partido--Patagones)

La participación de la comunidad, a través de distintas instancias (consultas y audiencias públicas), debe desarrollarse antes de la toma de decisiones administrativas que habiliten proyectos que pudiesen generar impactos significativos sobre el ambiente o la salud.

La participación pública es un derecho de los/las bonaerenses y un deber del Estado, tanto Nacional como de la Provincia, garantizar el acceso al mismo. Este derecho se reconoce tanto en nuestra legislación provincial (Ley 11.723 y Ley 12.475), legislación nacional (Ley 25.675 y Ley 27.275) y en el “Acuerdo de Escazú”, que es el primer tratado de derechos humanos en materia ambiental para la región.

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