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title: "Jubilados y pensionados: cómo designar a un apoderado para gestionar o cobrar prestaciones"
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tags:
  - "ANSES"
  - "APODERADO"
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# Jubilados y pensionados: cómo designar a un apoderado para gestionar o cobrar prestaciones

![anses](/download/multimedia.normal.9b4c5d96c9e37c6a.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*anses*

ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informa que tanto jubilados como pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado para tramitar o percibir sus prestaciones. Asimismo, pueden designar un representante especial por un lapso de tiempo cuando el titular se encuentre imposibilitado para movilizarse.

**Si el elegido es un familiar, no es necesario solicitar un turno** para efectuar la gestión. Sin embargo, se recomienda verificar en [*mi ANSES*](https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=miansesv2)que los datos del titular y su grupo familiar estén registrados correctamente y actualizados. Luego, se deberá concurrir a la oficina de ANSES más cercana al domicilio con DNI y la documentación que acredite el vínculo.

**¿Quién puede ser elegido como apoderado?**

**Puede ser apoderada cualquier persona mayor de 18 años**. Además de quienes conformen el grupo familiar, los titulares pueden optar por una entidad pública nacional, provincial o municipal; mutuales e instituciones de asistencia social; o abogados y procuradores con poder certificado ante escribano. En el caso de personas internadas en establecimientos, públicos o privados -como hospitales, sanatorios o asilos-, se podrá elegir al director o administrador de la institución.

Los residentes en el exterior podrán otorgarle el poder a un banco -que disponga de la opción *giro al exterior*– para percibir la jubilación o pensión. Las entidades habilitadas son el Banco de la Nación Argentina, el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.

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