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# Proponen multas de entre 4.000 y 8.000 pesos por acoso callejero en la provincia de Buenos Aires

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Minutos antes de la exposición, Bilbao ofreció detalles de este proyecto, realizado por miembros de la Juventud Radical. La legisladora reveló que "no se busca ponerle un fin a las palabras bonitas entre hombres y mujeres, sino establecer un límite".

"La ley define al acoso callejero afirmando que se trata de una conducta verbal o física, que tenga una connotación sexual y que ésta esté basada en el género, la identidad u la orientación sexual. Es decir, que no cualquier piropo entra dentro de estas características, sino que debe afectar la dignidad y algunos derechos fundamentales, como la libertad y la integridad", reveló Bilbao, diputada de la sexta sección electoral.

Según el texto, el acoso sexual callejero puede manifestarse a través de las siguientes conductas:

1) Actos verbales que resulten humillantes u ofensivos.

2) Fotografías y grabaciones no cosentidas.

3) Persecuciones y arrinconamiento.

4) Abordajes intimidantes, exhibicionismos y masturbación.

Además, la ley explica que será multado con entre el 20% y el 40% del haber mensual del Agente de Seguridad de la Policía de la provincia de Buenos Aires, quien acosare sexualmente a otro en lugares públicos o privados.

"Las infracciones irán entre 4000 y 8000 pesos", confirmó Bilbao.

¿Y cómo se comprueba?

"Como sucede en cualquier hecho callejero, en caso de llegar a instancias judiciales, deberá haber testigos presenciales que puedan ratificar el hecho", dijo.

"Es triste escuchar los cuentos que aparecen todos los días. Mujeres que cambian de recorrido, que no van a los lugares que les gustan y que cambian su vestimenta por este tipo de situaciones. Eso es también un atentado contra la libertad", dijo la oriunda de Laprida.

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