Proyecto de ordenanza sobre publicidad para la venta de inmuebles en Patagones
La Ciudad09 de septiembre de 2024En la última sesión del HCD Patagones el bloque Unión por la Patria presentó un proyecto de ordenanza para que todo parcelamiento, generación de unidades funcionales bajo regímenes de propiedad horizontal, edificación y/o desarrollo inmobiliario, cualquiera sea su tipo o escala, deberá contar con la autorización previa del municipio.
La normativa indica que no podrán publicitarse ni venderse, bajo ninguna forma o medio, sin la mencionada autorización municipal que acredite el cumplimiento de los requisitos legales y normativos aplicables a cada caso. El expediente pasó a la comisión de Tierra y Obras Públicas.
Entre los articulados se indica que una vez cumplimentadas las aprobaciones correspondientes a cada caso, podrán publicitarse las ventas debiendo constar obligatoriamente en los carteles, folletos y/o publicaciones, la siguiente información:
- Número de expediente municipal y/o provincial.
- Fechas de aprobación respectivas.
- Detalle de las obras ejecutadas y a ejecutar.
La venta de parcelas, unidades funcionales, edificaciones y/o desarrollos inmobiliarios requerirá exhibir los planos correspondientes, los cuales deberán ser copia fiel de los aprobados por las autoridades municipales y/o provinciales competentes.
En el caso de loteos o subdivisiones bajo regímenes de propiedad horizontal, deberán constar las parcelas y/o unidades funcionales debidamente acotadas, así como los amanzanamientos, cesiones de calles, espacios verdes y libres públicos, reservas para equipamientos comunitarios que correspondiesen por urbanizar o materializar el uso, incluyendo las restricciones al dominio que expresamente se hubieren impuesto.
En todos los casos deberá cumplirse con lo dispuesto por el DL 9078/78 de la provincia de Buenos Aires y la Ley Nacional 22.802 de Lealtad Comercial. De producirse la venta sin el cumplimiento de lo antes descripto, el Municipio aplicará las sanciones correspondientes a los profesionales intervinientes y/o propietarios, pudiendo iniciar las acciones legales que correspondan.
El proyecto de ordenanza también establece que queda prohibido proceder a la venta de parcelas que no cumplan con alguna de las prescripciones de ordenamiento territorial y usos del suelo municipal vigente, u otras normas municipales y/o provinciales de aplicación, o cuando no se haya dado cumplimiento a las siguientes condiciones:
- Inscripción de la transferencia del dominio de los espacios cedidos (verdes públicos, reservas para equipamiento y unidades inmobiliarias en concepto de contribuciones obligatorias por valorizaciones inmobiliarias) a favor del Municipio, en el Registro Público de la Provincia.
- Provisión de los servicios y recepción de las obras de infraestructura o compromiso y plazos de ejecución, de acuerdo a lo que corresponda en el marco de la normativa de aplicación.
Sólo podrán generarse Unidades Funcionales bajo régimen de Propiedad Horizontal sobre aquellas edificaciones o desarrollos inmobiliarios debidamente aprobados en el marco de la normativa de aplicación municipal y/o provincial correspondiente. Dicho régimen no podrá aplicarse para crear unidades funcionales o urbanizaciones con destino residencial, en las zonas donde el uso habitacional y/o la vivienda multifamiliar no se encuentren admitidos.
En áreas Complementaria y Rural se permitirá una vivienda unifamiliar por parcela geodésica y sólo podrán generarse Unidades Funcionales bajo el régimen de propiedad horizontal de aplicación, cuando se trate de Clubes de Campo o Barrios Cerrados debidamente aprobados en el marco de las normas municipales y provinciales vigentes en la materia.
El Municipio no tendrá responsabilidad alguna sobre transacciones de compra o venta realizadas entre particulares, sobre parcelas o inmuebles que no cuenten con las debidas aprobaciones o autorizaciones de publicidad y venta otorgadas por los organismos competentes.
El proyecto de ordenanza se encuentra en la Comisión de Tierras y Obras Públicas y se avanzará sobre el tratamiento del mismo en las reuniones de comisión que se llevan a cabo en la sala del recinto del HCD de Patagones.