Se amplió el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia por el COVID-19
La Ciudad03 de abril de 2020En ese sentido, el Subsecretario de Seguridad, Lic. Sandro Pino, detalló que el listado incluye ahora como actividades y servicios declarados esenciales, la venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones, actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera, curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola, actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía, exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
Además exceptua las actividades de las mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos. Inscripción, identificación y documentación de personas.
"Los desplazamientos de las personas alcanzadas en los distintos rubros deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales", remarcó Pino.
Asimismo, aclaró que "las personas alcanzadas por esta nueva disposición deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19".