Se considera que los municipios requirentes han planificado, para los días en los cuales se conmemoren aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia.
"En ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto Nº 272/17, el Ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires resuelve:
Con el fin de fomentar dichas celebraciones y facilitar una mayor participación de la comunidad, corresponde acceder a los solicitados, dictando el pertinente acto administrativo, que declare no laborables, para la Administración Publica y Banco de la Provincia de Buenos Aires y feriados optativos para la industria, el comercio y restantes actividades", expresa el documento oficial.
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