El oficialismo quiere derogar el decreto que beneficia con sueldos y pensiones a los obispos
Provincia27 de marzo de 2018Luego de que el jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña, informara en la Cámara de Diputados de la Nación –a partir de una pregunta realizada por la legisladora Carla Carrizo –que el estado nacional destinará este año 130 millones en sueldos para la Iglesia Católica, Echegaray consideró que “en un Estado laico, este aspecto debe ser revisado”.
En esta línea, el diputado radical sostuvo que “si bien el artículo 2 de nuestra Constitución Nacional establece que el gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano, esto ha sido entendido por la jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación como una obligación de apoyo económico, que no se trata necesariamente de sueldos”.
“Este apoyo económico se traduce en diversas formas: exenciones impositivas, subsidios a establecimientos educativos, mantenimiento de templos, así como cesiones de inmuebles fiscales para fines determinados”, añadió.
En efecto, en los fundamentos del proyecto, el legislador cita que las asignaciones dispuestas en concepto de remuneraciones, jubilaciones y pensiones a favor de distintos integrantes del clero católico se dispusieron por cinco decretos leyes de la última dictadura militar, cuatro firmados por Jorge Rafael Videla y el último por Reynaldo Bignone.
Dichas normas de facto son:
1) El decreto ley 21.540 que establece una asignación mensual vitalicia equivalente al 70 % de la remuneración fijada al cargo de juez nacional de primera instancia a favor de los arzobispos y obispos que cesen en dichos cargos por razones de edad o invalidez, y otra equivalente al 60 % de la remuneración citada para los obispos auxiliares.
2) El decreto ley 21.950 que establece una asignación mensual equivalente al 80 % de la remuneración fijada al cargo de juez nacional de primera instancia a favor de los arzobispos y obispos hasta que cesen en dichos cargos, y otra equivalente al 70 % de la remuneración citada para los obispos auxiliares.
3) El decreto ley 22.162 que faculta al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar una asignación mensual a curas párrocos o vicarios ecónomos de parroquias situadas en zonas de frontera, equivalente a la categoría 16 del escalafón del personal civil de la administración pública nacional.
4) El decreto ley 22.430 que establece una asignación mensual vitalicia a favor de los sacerdotes seculares que hayan cumplido 65 años o se hallaren incapacitados, equivalente al haber mínimo de jubilación del régimen nacional de jubilaciones y pensiones para trabajadores en relación de dependencia.
5) El decreto ley 22.950 que establece una contribución mensual a la formación del clero diocesano, por cada alumno del seminario mayor, equivalente a la categoría 10 del escalafón del personal civil de la administración pública nacional.
Asimismo, Echegaray recordó que “recientemente en un reportaje de Radio Continental el arzobispo de La Plata, monseñor Héctor Aguer dijo que "los 40 mil pesos, creo que esa es la suma, los gasto en darle a los pobres"”.
“Entonces, si ese es el fin, debemos tener en cuenta que la administración de recursos públicos con fines sociales debe estar a cargo del Ministerio de Desarrollo Social y demás reparticiones públicas pertinentes, que no sólo tienen la responsabilidad de dicho cometido público, sino además la obligación de rendir cuentas, obligación que no alcanza a los clérigos beneficiarios de dichos estipendios”, concluyó.
FUENTE: Infocielo